La medida fue tomada por el Ministerio de Salud Pública para facilitar la vacunación contra COVID-19 de personas que, por limitaciones de movilidad o de edad, no pueden dirigirse a los vacunatorios.
A partir de ahora las mutualistas están obligadas a tomar medidas que permitan vacunar en sus domicilios a los afiliados que sean población de riesgo contra el coronavirus.
Estos centros de salud también deberán ofrecer traslados específicos hacia los vacunatorios.
El decreto establece que los prestadores podrán cobrar una tasa de hasta 550 pesos para ambos servicios.
Con estas medidas las autoridades sanitarias buscan incentivar a los uruguayos -y en especial a la población de riesgo- para que completen el esquema de inoculación contra el coronavirus.
El Ministerio de Salud Pública especificó que para solicitar este servicio no es necesario presentar una indicación médica y estableció que la medida esté vigente por 120 días, es decir, hasta el 4 de junio.












